
Ley de protección de Derechos de Autor 2020
En el año 2020, se han presentado diversos cambios en varios asuntos, ya sean académicos, culturales y de trabajo. En el mes de julio, bajo el mandato del presidente Andrés López Obrador, el gobierno de México presenta su nueva ley para la protección de derechos de autor, en esta ley nueva se abordan sanciones, acuerdos y modos en los cuales se manejará la creación de contenido, repartición de información y la extracción de la misma, esto de manera digital o física.
Como es de esperarse, esta ley levanto muchas cejas en la comunidad de creadores de contenido web y la preocupación latente de cómo afectaría a los usuarios de software libre y aquellos que gustan modificar sus tecnologías. A su vez los académicos mostraron su preocupación por el creciente miedo a la censura y el aumento de dificultad para ingresar a información fidedigna.
Pese a toda la molestia presente anterior, daré un vistazo rápido a la ley 2020 de derechos de autor y una conclusión sobre cómo afecta a los integrantes de la sociedad y quienes forman parte de las comunidades antes mencionadas.
La ley 2020 de derechos de autor nos habla
La ley nos habla de un control más enfocado al cuidado del uso del equipo y enfocado a recurrir a las marcas de propietarios de productos para su reparación o modificación, sin embargo, la ley te permite modificar, reparar o realizar ingeniería inversa en un producto tecnológico, siempre y cuando sea para fines de reparación o adecuación, con el cuidado de no destruir los sellos de fabricante (solo cortar, peor sin arrancar los sellos). Todas estas modificaciones deben ser abiertamente públicas y con una declaración del porque se efectuaron.
En cuanto al software se refiere, la ley de protección al autor, nos indica que todo medio de distribución y aplicación del producto debe estar bajo regla y forma de las leyes anteriores sobre piratería, copiado ilegal o uso ilícito de un producto. El uso de cada software será solamente mediado a que no cuente con uso ilícito o incite a la violencia. También cabe señalar que cualquier modificación al software está totalmente limitada a no romper los fireware que esta contiene, para no infligir a seguridad del creador de dicho software.
En cuanto la distribución de información, esta estará sujeta a 3 reglas importantes, la primera es que todo uno de contenido, deberá estar acompañado de una leyenda de DH (derechos reservados) y el crédito merita torio al autor original. En segundo, que, en caso de generar conflicto, la parte afectada (el autor) puede tomar las medidas legales pertinentes sobre el creador de contenido o expositor. Por último, las medidas qué el afectado tome, se resolverán entre el autor y el expositor de contenido.
Todo lo anterior aplica de manera similar en material físico, sin importar de que contenido se trate. Las plataformas de contenido vario, así como proveedores de internet, tendrán que estar en constante revisión de sus reglas de contenido y comunidad, siendo quienes lleven un “control” en cuanto a que se puede usar y que no.
Conclusión
Como podemos advertir, esta ley no es tan drástica como se pensaba, ni atenta propiamente contra la libre expresión del ciudadano. Sin embargo, deja un vacío de poder legal, en cuanto a la regularización de medidas, ya que si el autor de un producto o información, está inconforme con el contenido o modificaciones que desarrollas, podrá tomar medidas legales de cualquier tipo, y nada de apara ante la ley, más que armar bien un caso de defensa, esto para justificar el uso de su información o modificaciones a tus productos.